Micelio
Auto15 de octubre de 2002

A- de 2002

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Javier Alejandro Acevedo

Tema · dato duro
Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se confirmó el auto suplicado, por el cual se rechazó la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por los ciudadanos de la referencia contra el numeral 2 (parcial) del Art. 112 de la Ley 270 de 1996 “Estatutaria de la Administración de Justicia”, toda vez que teniendo en cuenta que el inciso 4o. del Art. 6o. del Decreto 2067 de 1991 dispone que: "Se rechazarán las demandas que recaigan sobre normas amparadas por una sentencia que hubiere hecho tránsito a cosa juzgada", y que en el presente asunto ha operado el fenómeno de la cosa juzgada constitucional, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 243 de la Constitución Política y 46 del Decreto 2067 de 1991, no hay lugar a emitir un nuevo pronunciamiento sobre las normas acusadas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE:
  2. CONFIRMAR el auto suplicado, por el cual se rechazo la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por los ciudadanos Alirio Uribe Munoz y Javier Alejandro Acevedo contra el numeral 2 (parcial) del articulo 112 de la Ley 270 de 1996 "Estatutaria de la Administracion de Justicia".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.